Comercio de pescado entre
Corcubión y Betanzos.
Por Paulino Castiñeira Castro.
Foto
del S. XIX, mostrando la gran cantidad de tráfico marítimo que tenía este
puerto.
Pedro Domingues Figueiras, vezino de (dicha) Villa de Corcubion y
maestre del barco, nombrado” buen Jesús Y animas” era uno de los dos el
elegidos para este negocio con Coruña y Betanzos.
El 28 de febrero de 1696, se
otorgaba ante el escribano José Posse Bermúdez uno de dichos testimonios en los
siguientes términos:
Orden del Administrador de las
Reales Alcalabas de la villa de Corcubión, D. Carlos de Borgon, para poder
vender y trasportar, pescado desde Corcubión, a la ciudad de La Coruña y
Betanzos en el año 1696.
“Don Carlos Borgon
Administrador de los derechos Reales de Alcabalas y Cientos y diezmas de la mar
desta Villa de corcubion y de los derechos del nuebo drco (derecho)
sobresaliente y arbitrios y del drco del millon del Pescado della y Partido, pr
el tenor del presente Ago a saver a Sus merdes (mercedes) las Justicias
hordinarias y administradores de dhos derechos y mas a quien toque y bieren el
presente en como Cargo de tierra A mar en el puerto y Ria desta Villa Pedro
duque Vezino della y Maestre del barco nonbrado el Hes Perito Santo en el ocho
barricas y barriles de sardina y en ellas Cinqta Millares y tres barricas de
bogas y en ellas Mill y Ducientas las quales a tenido el sobredho y algunos
vezinos de dha Villa de su cosecha, Saladole y beneficiadole con la sal de los
Reales alfolis desta Villa con los quales Dijo yr derejidos a Venderlas ala
Ciudad dela Coruna u ala de betansos u a las mas Partes de la Corona de Nro
Rey de España a donde Allaren Venta para ellas y Para que en su Condusion Venta
y tras Porte no se le ponga ynpedimiº y dejar a seguro de los drcos devidos a
Su Magestad y las del drco del millon del pescado y sobresaliente y arbitrios
devidos a Su Magestad deque me allo tal admenistrador Hes dha Pescaria fabrica
deste Reyno de galicia y no de otro alguno Pordonde se Pueda Presumir
contrabando de Pedimiº de dho Maestre Doy el presente despacho y Guia firmado
de mi nre (nombre) y refrendado del presente ssno (escribano) de Rentas Reales
Carga y des Carga de dha Villa y Partido qe hes fho (hecho) en dha Villa a Vte
y ocho dias del mes de febrero de Mill y ssos y noventa y seis años. [Firmado]
Carlos de Borgom [Rúbrica]. Paso ante mi. [Firmado] Joseph Posse Vermudez
[Rúbrica].”.
Una vez llegado a puerto el
pescado, comenzaba la tarea del reparto de la mercancía, que no era menos
laboriosa. Algunos vezinos de estas Villas, aportaban pescado de su cosecha,
salandole y beneficiadole con la sal de los Reales alfolis. era un privilegio
que tenían las personas que se dedicaban a este negocio.
“Joseph Pose Vermudez ssno de Su magestad
y de Rentas Reales Carga y des Carga desta Villa de coron (Corcubión) y
Partido, Por el tenor del presente ago a saver a los que le bieren en como
Pedro Domingues figas (Filgueiras o Figueiras) Vezino de dha (dicha) Villa de
coron y maestre del barco nonbrado buen Jesús Y animas, Cargo de tierra A mar
enel dho barco ocho barricas de sardina arenque hescochada, y enella quarenta
Millares en las quales y en otra barrica Mill y siete Cientas bogas y Jurelos y
Cabalas y ciento y quarenta y ocho badejos y trª y nuebe Pescadas qe el
sobredho y otros Vezos (Vecinos) de dha Villa an tenido de su cosecha saladole
y beneficiadole con la sal de los Reales alfolis desta dha Villa, Cuya Cargaon
(Cargación, sic) A echo con lizª y rejistro de la pnª (persona) qe enella corre
con la admenistraon (administración) de los drcos Reales de Alcabalas y
Cientos, con las quales Dijo yr derejido a Vender las ala Ciudad dela Coruña u
a la de betansos u a las mas Partes de la Corona de Nrº
Rey de hesPaña (sic) Adonde Allare Venta Para ellas delas quales dejo asegurado
el drco del millon del Pescado y sobresaliente y arbitrios A Dn Carlos de
borgon como Persona qe en dha Villa corre con la admenistraon de dhos drcos
segun Guias por el dadas qe llieba a su poder dho maestre y para qe en su
conducion Venta y tras Porte nose le ponga Ympedimiº y ser dha pesca fabrica
deste Reyno de galizia y no de otro alguno Por donde se pueda presumir
contrabando de Pedimiº de dho Maestre como tal ssno de Rentas Rs Carga y des
Carga Doy el presente que signo y firmo de lo que acostunbro en la Villa de
coron a primero dia del mes de mrco de Mill y ssos y noventa y seis años.
En testimonio (Signo) de verdad.
[Firmado] Joseph Posse Vermudez [Rúbrica]”.
Pedro duque vezino de Corcubión y maestre del barco nombrado” Hes Perito
Santo” cargo de tierra A mar en el dho barco ocho barricas de sardina arenque
hescochada, y en ella quarenta Millares en las quales y en otra barrica Mill y
siete Cientas bogas y Jurelos y Cabalas y ciento y quarenta y ocho abadejos y
trª y nuebe Pescadas.
Al día siguiente, primero de marzo,
sería el mismo escribano quien suscribiría otro Despacho con semejante
contenido, y al igual que en el anterior certificaba que se trataba de pesca
legal, con procedencia del puerto y villa de Corcubión y por tanto pesquería
del Reino de Galicia, y que no se trataba de género de contrabando, según
constaba en la Guía de garantía que se le había expedido:
Ambos
documentos, aportan interesantes noticias sobre el comercio de pescado en el mercado
interior, y de los sistemas de control aplicados en el Antiguo Régimen para
garantizar la legitimidad de su procedencia, además de significar a las
ciudades de La Coruña y Betanzos como plazas de primer orden para la venta de
las salazones de la villa de Corcubión, entre otros puertos da Costa da
Morte.
Empresarios catalanes con sus familias y casa de
los Lla en Corcubión, años 20.
A partir del siglo XVIII se instalan industrias de salazones con capital de
familias nobles y burguesas catalanas, actividad que se consolidó en el siglo
siguiente.
Los empresarios catalanes se
establecen en Galicia en la segunda mitad del siglo XVIII e introdujeron una
nueva mentalidad más empresarial a la hora de obtener mayores beneficios de la
pesca. El principal objetivo de estos empresarios fue la pesca de la sardina
para su posterior tratamiento industrial y su comercialización en nuevos
mercados. Para ello, introdujeron nuevos barcos de pesca, como el bou catalán
que permitía la pesca en pareja, nuevas artes de pesca como la xábega y el
xeito y un nuevo sistema de conservar el pescado mediante estas nuevas técnicas.
También los marineros,
rotos los lazos gremiales, se convirtieron en pescadores asalariados de los
catalanes, mientras que sus mujeres pasaron a trabajar en las factorías en las
labores de salazón y prensado.
Solo quedan las ruinas de lo que fue una de las más grandes industrias
habidas en Corcubión.
En estas
primeras décadas del siglo XX, que supuso un punto de inflexión, la situación
empresarial presenta un panorama distinto y las fortalezas empresariales
acabarán convertidas en debilidades que provocarán casi la desaparición de las
fábricas de salazón y su reconversión en conserveras.
Todo el negocio de la salazón,
Juan Juega Puig, profesor de la USC, dice, fue empleado como figura fiscal desde 1565. Galicia constituye el mayor
consumidor peninsular, por lo que recibirá un trato de favor por parte de
Felipe II, al rebajar su precio de venta en los alfolíes en una cuarta parte.
La Unión Ibérica (1580-1640) facilitó el suministro de los alfolíes gallegos,
asturianos y de las (2). Cuatro Villas, al quedar reservadas cuatrocientas mil fanegas anuales
para este mercado. Su precio de venta se mantuvo inalterable hasta 1626, con la
excepción de 1601, en que los representantes de las ciudades gallegas
decidieron permitir la elevación de un real por fanega, para que su arrendador
pudiera dar correcto abasto. Esta época de sal segura, barata y abundante
permitió el desarrollo de las pesquerías gallegas, en especial de los cercos.
________
Bibliografía consultada.
(1) Orden
del Administrador de las Reales Alcalabas de la villa de Corcubión, por. J.R.
Núñez -Varela Lendoiro, Cronista Oficial de Betanzos.
(2)
Las Cuatro Villas de la Costa de la Mar: San Vicente de la Barquera,
Santander, Laredo, y Castro Urdiales.
(3)
Publicación realizada en noviembre de 2017, ampliada en noviembre 2019
por c. castro paul.
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